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U. de Santiago contribuye a la formación de jueces de la Corte Suprema y de Apelaciones

U. de Santiago contribuye a la formación de jueces de la Corte Suprema y de Apelaciones

La Academia Judicial encomendó a la Facultad de Derecho de la Universidad de Santiago de Chile, dictar un nuevo curso de perfeccionamiento a 24 jueces y funcionarios de distintas cortes de apelaciones del país. Se trata del “Sistema universal de protección de Derechos Humanos”.

La inauguración de este segundo curso – el primero consistió en la Responsabilidad extracontractual del Estado - fue presidida por el vicerrector de Postgrado, Dr. Cristián Parker, y el decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Santiago, Jaime Bustos.

En la oportunidad, el vicerrector de Postgrado destacó que nuestra casa de estudios, como órgano del Estado, está constitucionalmente obligada a respetar y promover los derechos humanos. En tal sentido, la reciente Ley 21.094 sobre las Universidades Estatales; mandata a cumplir especialmente el derecho a la educación en todos sus niveles.

“En esta línea, la formación en Derechos Humanos es uno de los valores fundamentales y rectores de nuestra universidad” enfatizó Cristian Parker, tras saludar a los presentes a nombre del rector de la Universidad de Santiago de Chile, Dr. Juan Manuel Zolezzi.

Para el decano Jaime Bustos “desarrollar este tipo de actividades ponen de manifiesto el compromiso de la Facultad de Derecho con la misión pública de la Universidad de Santiago y representa de manera concreta el entusiasmo de un equipo por desarrollar una labor de docencia y vinculación con el medio con sentido de pertinencia”.

Sobre los contenidos que abordará el curso, su director académico, Francisco Zambrano, señaló que analizará la función de los organismos de protección del sistema universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y su implicancia en el derecho nacional, los estándares internacionales y la jurisprudencia relevante vinculada a los derechos económicos, sociales y culturales, así como también temas relacionados a Derechos Humanos y mujeres, desapariciones forzadas, entre otros.

Experta cuestiona uso de grabaciones ocultas en juicios laborales

Experta cuestiona uso de grabaciones ocultas en juicios laborales

La Cuarta Sala de la Corte Suprema rechazó la demanda de la empresa BCI, que pretendía que la instancia considerara ilícito el uso de un audio privado entre ejecutivos del banco y trabajadores descolgados de una huelga, donde el ente financiero incurría en prácticas antisindicales. De esta forma, el Máximo Tribunal abrió la puerta a que las grabaciones sin consentimiento sean utilizadas como medio de prueba para que un juez pueda emitir sentencia.

Para la abogada especialista en derecho laboral y académica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Santiago de Chile, Cecily Halpern, la decisión es negativa, ya que permite que medios que son considerados ilícitos desde el punto de vista penal terminen siendo aceptados por los tribunales de justicia, afectando los derechos de las personas.

“Hasta el momento, lo que había indicado la jurisprudencia en general es que las grabaciones, para ser consideradas como pruebas judiciales, tenían que ser consentidas. Por eso, el fallo sorprende”, señala la abogada. “Esto va a afectar la confianza de lo que se dice y lo que no en una reunión. Eso me parece negativo y da pie para que empleadores o trabajadores usen grabaciones no consentidas para efectos de darlos a conocer a terceras personas”, señala.

Desde su punto de vista, esto puede terminar generando un clima de desconfianza nocivo para el ambiente laboral de una empresa. De generalizarse el criterio judicial, señala que los actores no considerarán necesario que su contraparte exprese la voluntad de dar a conocer públicamente algo que se está tratando en un espacio que, en principio, se define como privado, lo que podría generar un alto grado de alejamiento entre las distintas esferas.

“Los empleadores se van a cuidar más de sostener una comunicación fluida con un sindicato o con trabajadores, porque estarán atentos a que sea grabada y que salga del marco de esta reunión; entonces, mejor no decir algo que, quizá, sí podría haber mejorado la relación de trabajo, que tiene que ser armónica y de confianza”, insiste.

Finalmente, indica que si la justicia acepta este medio probatorio en principio ilícito para una causa de trabajadores, también tendrá que aceptarlo para una de empleadores. “Lo que está en juego acá es que lo que la ley califica como un medio ilícito -una grabación no consentida-, la Corte Suprema sí la admite en este caso, lo que cuestiona la manera de comunicarse entre empleadores y trabajadores”, concluye.

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